Cornelius a Lapide
Índice
Sinopsis del Capítulo
Moisés en el Sinaí recibe de Dios preceptos judiciales sobre siervos y siervas, sobre hurtos, homicidios, maldiciones contra los padres y riñas; y en el versículo 24 y siguientes, promulga la ley del talión tanto para la persona que causa daño como para el buey corneador.
Nota. Así como en el capítulo precedente Dios estableció los preceptos morales, a saber, el Decálogo, así en este capítulo y en los dos siguientes establece los preceptos judiciales; pero en el capítulo 25 y los cinco siguientes establece los preceptos ceremoniales, a saber, la construcción del tabernáculo y las demás cosas que a ello pertenecen.
Texto de la Vulgata: Éxodo 21:1-36
1. Estos son los juicios que les propondrás. 2. Si comprares un siervo hebreo, te servirá seis años; al séptimo saldrá libre gratuitamente. 3. Con el vestido con que entró, con tal salga: si tiene mujer, también la mujer saldrá con él. 4. Mas si el amo le hubiere dado mujer, y ella le hubiere dado a luz hijos e hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo; pero él saldrá con su vestido. 5. Y si dijere el siervo: Amo a mi señor y a mi mujer e hijos, no saldré libre, 6. lo presentará su amo ante los jueces, y será llevado a la puerta y a las jambas, y le horadará la oreja con una lezna; y será su siervo para siempre. 7. Si alguno vendiere a su hija como sierva, no saldrá como suelen salir las esclavas. 8. Si desagradare a los ojos de su señor a quien fue entregada, la dejará ir; pero no tendrá potestad de venderla a pueblo extranjero, si la hubiere despreciado. 9. Mas si la desposare con su hijo, la tratará conforme a la costumbre de las hijas. 10. Mas si tomare otra mujer para él, proveerá a la joven de derechos conyugales y vestidos, y no le negará el precio de su castidad. 11. Si no hiciere estas tres cosas, saldrá libre sin dinero. 12. El que hiriere a un hombre, queriendo matarlo, morirá de muerte. 13. Mas el que no tendió asechanzas, sino que Dios lo entregó en sus manos, yo te señalaré un lugar adonde deba huir. 14. Si alguno matare deliberadamente a su prójimo, y con asechanzas, de mi altar lo arrancarás para que muera. 15. El que hiriere a su padre o a su madre morirá de muerte. 16. El que robare a un hombre y lo vendiere, convicto del crimen, morirá de muerte. 17. El que maldijere a su padre o a su madre morirá de muerte. 18. Si riñeren unos hombres, y uno hiriere a su prójimo con piedra o con puño, y aquel no muriere sino que guardare cama: 19. si se levantare y anduviere fuera apoyado en su bastón, será inocente el que lo hirió, con tal que le pague el tiempo perdido y los gastos de los médicos. 20. El que hiriere a su siervo o a su sierva con vara, y murieren bajo su mano, será reo del crimen. 21. Pero si sobrevivieren un día o dos, no estará sujeto a la pena, porque son propiedad suya. 22. Si riñeren unos hombres e hirieren a una mujer encinta, y ella ciertamente abortare pero ella misma sobreviviere, estará sujeto a tanto daño cuanto el marido de la mujer demandare y los árbitros juzgaren. 23. Mas si siguiere la muerte de ella, dará vida por vida, 24. ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25. quemadura por quemadura, herida por herida, cardenal por cardenal. 26. Si alguno hiriere el ojo de su siervo o de su sierva y los dejare tuertos, los dejará ir libres por el ojo que les sacó. 27. Igualmente si les sacare un diente a su siervo o a su sierva, de la misma manera los dejará ir libres. 28. Si un buey acorneare a un hombre o a una mujer y murieren, será apedreado, y no se comerán sus carnes; el dueño del buey también será inocente. 29. Mas si el buey era corneador desde ayer y antes de ayer, y advirtieron a su dueño, y no lo encerró, y matare a un hombre o a una mujer; el buey será apedreado y matarán a su dueño. 30. Mas si le fuere impuesto un precio, dará por su vida cuanto se le pidiere. 31. Si acorneare a un hijo o a una hija, estará sujeto a la misma sentencia. 32. Si embistiere a un siervo o a una sierva, dará treinta siclos de plata al amo; el buey será apedreado. 33. Si alguno abriere una cisterna, o cavare una, y no la cubriere, y cayere en ella un buey o un asno, 34. el dueño de la cisterna pagará el precio de los animales: pero lo que esté muerto será suyo. 35. Si el buey de uno hiriere al buey de otro, y este muriere, venderán el buey vivo y se repartirán el precio; y también se repartirán entre sí el cuerpo del muerto. 36. Mas si sabía que el buey era corneador desde ayer y antes de ayer, y su dueño no lo guardó; pagará buey por buey, y recibirá el cadáver entero.
Versículo 1: Estos son los juicios que les propondrás
Los llama «juicios», es decir, preceptos judiciales, que Dios prescribe en estos tres capítulos, a saber, XXI, XXII y XXIII, para gobernar al pueblo justa y pacíficamente, y para dirimir las disputas entre los hebreos; así como preceptos ceremoniales se llaman aquellos que fueron prescritos por Dios al pueblo para dar culto a Dios debidamente mediante sacrificios y otros ritos y ceremonias sagradas: por tanto, la naturaleza de los preceptos judiciales consiste propiamente en dos cosas, dice Santo Tomás, I-II, Cuestión CIV, artículo 1: primero, que pertenezcan al ordenamiento de los hombres entre sí; segundo, que no tengan fuerza de obligar por la sola razón, sino por institución de Dios.
Nótese que entre estos preceptos judiciales se entremezclan también ciertos preceptos morales, que son de derecho natural, especialmente los que atañen a los jueces, los cuales por ello también se llaman rectamente «juicios»: tal es el del capítulo XXIII, versículo 1: «No acogerás voz mentirosa;» y versículo 2: «No seguirás a la multitud para obrar el mal;» y versículo 7: «Huirás de la mentira;» y versículo 9: «No serás molesto al extranjero,» etc.
Finalmente, al final, a saber, en el capítulo XXIII, versículo 14, añade ciertos preceptos ceremoniales, a saber, sobre las tres fiestas principales que se han de celebrar, sobre la Pascua, sobre la levadura, sobre las primicias, etc.
Versículo 2: Si comprares un siervo hebreo, te servirá seis años
Lo llama «siervo», no un jornalero, sino un esclavo: pues el primero es contratado, mientras que el segundo es comprado y vendido, como si dijera: Si comprares a un hebreo de modo que sea para ti como un esclavo, te servirá solamente seis años, y no puede servir más allá de eso: pues en el séptimo año (según yo lo quiero y declaro aquí) debe ser puesto en libertad gratuitamente.
EN EL SÉPTIMO (año) SALDRÁ LIBRE GRATUITAMENTE. — Nótese que este séptimo año no se ha de contar desde la compra del siervo, sino que uno y el mismo año de remisión era para todos, así como uno y el mismo día era el sábado para todos los hebreos; por tanto, había un ciclo fijo de siete años de libertad, sucediéndose uno a otro continuamente (así como un jubileo sucedía continuamente a otro), de modo que en cada séptimo año recurrente, todos los siervos de los hebreos debían ser manumitidos: por consiguiente, un hebreo que fuese vendido como siervo en el primer año de este ciclo de siete años debía servir seis años; pero uno que fuese vendido en el sexto año de este ciclo de siete años salía libre al año siguiente, siendo el séptimo; lo mismo ocurría en el jubileo, como diré en el Levítico, capítulo XXV. Revisaré los misterios del número siete en el Deuteronomio, capítulo V, versículo 12.
SALDRÁ LIBRE, — para que sepas que no es tanto un siervo como un hombre libre, en cuanto que fue liberado por Mí de la servidumbre egipcia y vinculado a mi servicio. Véase Levítico, capítulo XXV, versículo 39.
Versículo 3: Con el vestido con que entró, con tal salga
Los Setenta, el Caldeo, Vatablo y los autores más recientes traducen comúnmente: si con su cuerpo, es decir, solo y sin ataduras, vino, con su cuerpo, es decir solo, salga, y esto se opone aptamente a lo que sigue: «Si tiene mujer, también la mujer saldrá con él.» Pero San Jerónimo, peritísimo en hebreo, traduce más correcta y plenamente, y percibió con mayor agudeza que no se prescribe aquí una sola cosa, como quieren los anteriores, sino dos cosas, a saber, que el siervo no debe ser despedido harapiento o desnudo, ni sin esposa, de modo que también la esposa quede libre con él, y que al salir se le dé un vestido tan respetable como el que tenía cuando entró: pues esto era claramente conveniente y apropiado. Añádase que en hebreo no está guph, es decir, cuerpo, sino gaph, es decir, ala, esto es, un vestido, que cubre el cuerpo como un ala; tales metáforas son habituales entre los hebreos.
Versículo 4: Mas si el amo le hubiere dado mujer
Como si dijera: La esposa permanecerá como sierva del amo, por quien la esposa había sido dada al siervo: consiguientemente, también sus hijos permanecerán con el amo; pues la prole sigue al vientre, como reza el axioma de los juristas en esta materia. Así dicen Oleaster, Cayetano y Lipomano.
Parece que aquí se disolvía el matrimonio entre el siervo y la sierva, tanto porque el siervo hacía divorcio de su esposa e hijos —pues el siervo salía libre, mientras que la sierva con sus hijos permanecía como sierva de su amo—, como también porque se añade: «Mas si dijere el siervo: Amo a mi señor y a mi mujer e hijos (no quiero ser arrancado de ellos por divorcio), no saldré libre, lo presentará su amo ante los dioses» (jueces), quienes le horadarán la oreja con una lezna, y así se convertirá en siervo a perpetuidad.
De aquí se evidencia que en la ley antigua los matrimonios eran muy imperfectos, puesto que los cónyuges se separaban tan fácilmente, saliendo el marido libre, desligado y descargado del cuidado de la esposa y los hijos; mientras la esposa permanecía como sierva del mismo amo, sobre quien por tanto recaía la crianza y el cuidado tanto de la sierva como de sus hijos; y esto no es de extrañar: pues entonces el matrimonio no tenía carácter de Sacramento, en razón del cual, especialmente en la ley nueva, es ahora claramente indisoluble, por decreto de Cristo, Mateo capítulo XIX, versículos 5 y 9.
Versículo 6: A los dioses — y la perforación de la oreja
En hebreo: Elohim, que significa Dios en cuanto juez y gobernador de todas las cosas, y de ahí los ángeles y los jueces, que participan de este poder judicial y gubernativo de Dios. Así se dice en Éxodo capítulo XXII, versículo 28: «No injuriarás a los dioses (jueces), ni maldecirás al príncipe de tu pueblo;» y en el Salmo LXXXI, versículo 1, Dios dice a los jueces: «Yo dije: dioses sois, e hijos del Altísimo todos vosotros.» Consideren esto los jueces, y sepan que son dioses, para que no teman a los hombres, sino al único Dios, cuyas veces hacen y con cuya autoridad actúan.
SERÁ LLEVADO A LA PUERTA Y A LAS JAMBAS, — a saber, de la casa del amo; pues consta por el Deuteronomio, capítulo XV, versículo 12, que esto debía hacerse allí, y no en la puerta de las puertas de la ciudad donde los jueces acostumbraban a sentarse. Por esta aplicación del siervo a la puerta y las jambas del amo, se significaba que este siervo quedaba, por así decirlo, permanente y fijamente vinculado a la casa del amo, de modo que nunca podría salir de aquella casa sin permiso del amo: así dice Teodoreto. Santo Tomás y Cayetano añaden que esta aplicación y la perforación de la oreja fueron establecidas para este siervo como castigo e ignominia por haber descuidado su libertad, y que por ello era consignado a servidumbre perpetua.
Y (el amo) LE HORADARÁ LA OREJA CON UNA LEZNA, — para que por este símbolo se le recuerde al siervo la obediencia perpetua, por la cual debe recibir y ejecutar los mandatos de su amo. Así dice Teodoreto. De nuevo, por este símbolo se le recordaba al siervo que estaba obligado a oír y soportar muchos mandatos duros, pesados y molestos de su amo, que le horadarían las orejas no de otra manera que una lezna. Lo mismo fue establecido para la sierva, Deuteronomio capítulo XV, versículo 12.
Y SERÁ SU SIERVO PARA SIEMPRE. — «Para siempre» no significa solamente la eternidad, sino también un lapso de tiempo muy largo, que para los hebreos era de 50 años. «Será pues siervo para siempre», es decir, será siervo hasta el año 50 del jubileo: pues en el jubileo todos los siervos hebreos eran manumitidos, como consta por Levítico XXV, 40: así dice San Jerónimo en el capítulo IV a los Gálatas, donde añade que olam, es decir, «para siempre», se escribe aquí sin vav, para significar la era del jubileo: pues cuando se escribe con vav, frecuentemente significa la eternidad.
Tropológicamente, este siervo es aquel que desea permanecer en la vida activa en este mundo, para hacerse libre en el séptimo año y en el jubileo celestial; su oreja es horadada con una lezna cuando su mente es herida por la sutileza del temor de Dios a través de un predicador: sobre este asunto, véase más en San Gregorio, homilía 3 sobre Ezequiel.
Versículo 7: Si alguno vendiere a su hija como sierva
A saber, con promesa de desposorio, por la cual el amo que compraba a una hija hebrea como sierva prometía tomarla como esposa, al menos como esposa secundaria.
NO SALDRÁ COMO SUELEN SALIR LAS ESCLAVAS, — a saber, como las esclavas nacidas de los gentiles, por ejemplo moabitas o idumeas; pues estas siempre permanecían como siervas, ni eran liberadas de la servidumbre en el jubileo, a menos que fuesen redimidas por un precio, como consta por Levítico XXV, 46; o al menos a no ser que el amo le hubiese sacado un ojo o un diente: pues entonces, a causa de la injuria y el daño causado a ella, salía libre; pues esto establece aquí Dios en favor de la fe y la nación de los hebreos, para que así proveyera a las hijas pobres de los hebreos en lo tocante a matrimonios y a su estado de vida.
Versículo 8: Si desagradare a los ojos de su señor
En hebreo dice: que la había desposado para sí. Los autores más recientes traducen en sentido enteramente opuesto: que no la había desposado, porque en hebreo está lo, con álef, que es un adverbio de negación. Pero el intercambio de las letras ehevi, y consiguientemente del álef con el vav, es frecuente, y los Masoretas señalaron varios, a saber, quince, lugares de la Escritura en los que lo con álef se usa, según dicen, en lugar de lo con vav, es decir, a él, o para sí; y el Caldeo y los Setenta concuerdan en que este pasaje es uno de ellos, así como también Vatablo y los rabinos más doctos. El sentido, por tanto, es como si dijera: Si el amo que compró a la hija hebrea la desposó para sí, pero después ella le desagradó, entonces el amo debe dejarla ir gratuitamente; o, como tienen el hebreo y los Setenta, debe redimirla, es decir, eximirla de la servidumbre, si ciertamente la usó como esposa; pero si no, hará que sea redimida, es decir, la venderá o entregará a otro hebreo, con la condición, sin embargo, de que él la despose; pues no puede venderla a un pueblo extranjero, es decir, a los gentiles, como sigue. Así dice Abulense.
Versículo 10: Mas si tomare otra mujer para su hijo
Como si dijera: Si el padre, además de la hija que compró para su hijo tanto como sierva cuanto como esposa, diera a su hijo todavía otra esposa, entonces proveerá que la primera hija, a saber, la sierva, conserve su derecho en el matrimonio; y así le proveerá, primero, de derechos conyugales, es decir, del uso del matrimonio; pues así los autores distinguen las nupcias del matrimonio, y las toman metonímicamente por el acto nupcial o matrimonial, como si dijera: El padre proveerá que el hijo no niegue a esta esposa sierva suya el derecho de la unión conyugal, sino que le rinda el débito del matrimonio; esto consta por el hebreo. Segundo, le proveerá de vestidos convenientes. Tercero, le proveerá el precio de la castidad, es decir, el alimento y el sustento debido a la esposa. De ahí que el hebreo, el caldeo y los Setenta digan claramente: Su alimento, su vestido y sus derechos conyugales no disminuirás. Pues Dios manda que, aunque el amo introduzca una segunda esposa para su hijo, el turno de la primera esposa y su derecho se mantengan firmes en estos tres bienes del matrimonio ya mencionados; pero si no quisiere proporcionar esas tres cosas, entonces la dejará ir libre, como sigue.
Versículo 11: Si no hiciere estas tres cosas
No tanto el amo como el hijo del amo — SALDRÁ (la hija hebrea comprada por él como sierva) LIBRE SIN DINERO. — Tómense estas tres cosas conjuntamente. Por tanto, si el hijo proporcionare alimento y vestido a la hija hebrea sierva, pero le negare el tercero, la hija que había comprado debía ser puesta en libertad, y esto gratuitamente; igualmente, si proporcionare el segundo y el tercero pero rehusare el primero, o habiendo dado el primero rehusare el segundo, de igual modo debía dejar libre a la hija.
Versículo 12: El que hiriere a un hombre, queriendo matarlo, morirá de muerte
El hebreo dice más plenamente: el que hiriere a un hombre de modo que muera, será castigado con la muerte. Pues aquí se establece la pena del talión y de muerte contra el homicida voluntario. Nótese: «herir» se toma comúnmente en los libros de los Reyes y en otros libros históricos en acto consumado, según el Canon 22, por un golpe letal, y equivale a matar. Nótese en segundo lugar: «a un hombre», a saber, tanto gentil como judío: pues es falso lo que dice el Rabino Salomón, que solamente el que mata a un judío es reo de esta ley y sujeto a muerte; pues incluso el que mataba a un siervo era reo de muerte, como consta por el versículo 20.
Versículo 13: Mas el que no tendió asechanzas
El versículo 12 trató del homicidio voluntario; aquí trata del homicidio casual. En verdad, Abulense piensa que se trata del homicidio puramente casual, a saber, aquel que ocurre sin culpa alguna del homicida. Pero esto no concuerda suficientemente con lo que precede y lo que sigue.
Digo, por tanto, que aquí se trata del homicidio casual en el cual, sin embargo, intervino alguna culpa de negligencia, o de imprudencia, o incluso de venganza: pues a tal persona se le concedía el derecho de asilo. Los Cánones entre los cristianos establecieron una ley y gracia de asilo semejante en los lugares sagrados para el homicida casual, y a la inversa negaron lo mismo al homicida voluntario, y ordenaron que fuese arrancado del altar, como se manda aquí en el versículo 14, según consta del capítulo Inter alia, título Sobre la Inmunidad de las Iglesias.
Nótese: En lugar de «Dios lo entregó en sus manos», en hebreo dice: Dios hizo que cayese en sus manos, como si en el caso de uno que mata sin pensar, Dios hubiese hecho que el impío cayese en su mano o arma, para que pagase las penas merecidas por sus crímenes. Pues se habla aquí de un homicidio cometido por azar, o por una ocasión imprevista, donde la muerte no fue previamente tramada ni intentada: pues entonces la Escritura, según su costumbre, refiere la muerte sucedida a la altísima providencia de Dios, que ordena todos los asuntos humanos hacia el justo castigo o la recompensa. De donde se sigue que en tales casos la justa venganza de Dios, especialmente en la ley antigua, acostumbraba estar al acecho y disponer que sobre los culpables y criminales recayese este azar y esta muerte. Rectamente, pues, esta muerte se atribuye no tanto al que mata como a Dios, porque un efecto no suele atribuirse a la causa incidental sino a la causa en sí, es decir, no al azar de la fortuna o al agente casual que no pretende este efecto, a saber, la muerte; sino a Dios, que dirige todas las causas, incluso las fortuitas, y que pretendió esta muerte como castigo y la impuso al impío a través de este suceso fortuito. Así dice Abulense.
Versículo 15: El que hiriere a su padre o a su madre morirá de muerte
Incluso no letalmente, a causa de la atroz impiedad contra un progenitor.
Después de esta ley, algunos códices y traductores añaden inmediatamente la ley sobre la maldición a los padres. Pero el hebreo antepone la ley sobre el plagio; así también el caldeo, y las ediciones latinas complutense y romana. Ni es de extrañar que en estas leyes no se mantenga un orden tan congruente: pues vemos que esto ocurre en muchos casos, como es evidente en Proverbios, Eclesiastés y Eclesiástico: pues estas leyes fueron escritas de modo misceláneo y como en estilo castrense.
Versículo 16: El que robare a un hombre
Esta es la pena del plagio, es decir, del robo de un hombre, sea este libre o esclavo; especialmente si es hebreo; pues la muerte de los siervos, al igual que la de los libres, se vengaba con la muerte; por tanto también el plagio, máxime porque los hebreos eran siervos solamente por un tiempo: pues o bien en el séptimo año o bien en el año 50 del jubileo se hacían libres.
Versículo 18: Con piedra o puño
Es decir, con cualquier arma o medio: pues comúnmente los que riñen golpean con una piedra, que tienen a mano, o con el puño.
Versículo 19: Si se levantare y anduviere fuera apoyado en su bastón, será inocente el que lo hirió
«Inocente», es decir, exento y libre de la pena de muerte por talión, porque por este indicio de que el herido anduvo fuera después de recibir el golpe, se presume que su muerte no provino del golpe sino de otra causa.
CON TAL QUE LE PAGUE EL TIEMPO PERDIDO Y LOS GASTOS DE LOS MÉDICOS. — En hebreo dice shivtó, es decir, su estar sentado, esto es, su cesación y los trabajos perdidos, a saber, el provecho del trabajo que el lesionado perdió, lo pagará, y procurará que sea sanado. Pues el hebreo shivtó es un infinitivo con sufijo, de la raíz yashav, es decir, se sentó. Pagnino, sin embargo, traduce shivtó como su cesación, de la raíz shavat, es decir, cesó; pero el sentido viene a ser el mismo: pues sentarse es cesar.
Versículo 20: El que hiriere a un siervo
Será reo del crimen — de homicidio, y consiguientemente sujeto a la pena de muerte.
Versículo 21: Mas si sobreviviere un día o dos, no estará sujeto a la pena
PORQUE ES PROPIEDAD SUYA, — como si dijera: Porque es poseído por el amo que le golpeó, como siervo comprado con dinero. La condición de los siervos y las siervas era miserable, especialmente bajo amos duros: de ahí que la ley mitigue aquí la pena por golpear, de modo que si el amo no golpeare tan gravemente al siervo que se siguiese ciertamente una muerte inmediata, no estaría sujeto a la pena, porque mató a su propio esclavo, al que posee como a un buey o un caballo. Y de la misma manera, el derecho civil dice que el cuerpo de un siervo, al igual que el cuerpo de un animal, puede ser valorado a un precio; pero un cuerpo libre no recibe valoración alguna, como consta de la última ley del Digesto, Sobre los que derramaron o arrojaron.
Versículo 22: Si riñeren unos hombres e hirieren a una mujer encinta
Que quiso interponerse entre los que reñían, o ayudar a su marido.
Versículo 23: Mas si siguiere la muerte de ella — la ley del talión
Dará vida por vida (su propia vida por la vida de la mujer a quien mató), ojo por ojo, diente por diente, etc. — El mismo juicio se aplicaba si el agresor no hubiese matado a la mujer encinta, sino que le hubiese hecho expulsar la criatura ya animada, de modo que la hubiese matado. Pues tal persona, como infanticida, era por consiguiente tan reo de muerte como un matricida. Los Setenta enseñan e indican esto, quienes en lugar del hebreo asón, que nuestro Traductor vierte como muerte, parecen haber leído ishón, es decir, un hombrecillo (como en flamenco llamamos a un niño manneken); pues traducen: si el niño estuviere formado, es decir, si estuviere configurado y formado, como si dijeran: Si la criatura tiene los miembros perfectos, de modo que está plenamente formada y es como un cierto hombre pequeño, u hombrecillo, entonces el que la arranca de la madre encinta con su golpe dará vida por vida, es decir, su propia vida, de la cual el alma es causa, la dará por la vida de la criatura, de modo que así como la arrancó y mató, así también él sea muerto. De estas palabras de los Setenta consta que el feto, tan pronto como está formado, está animado; pues por ello se considera y castiga aquí como homicida al que lo arrancó: lo mismo enseñan los médicos.
Para una interpretación tropológica sobre los doctores pendencieros que a través de sus disputas y controversias dañan y escandalizan a la Iglesia y a los fieles, véase a Orígenes y a Ambrosio sobre el capítulo XXII de Lucas.
A partir de esta ley, por paridad, Dios introduce entonces una ley general del talión para todos los demás casos, diciendo: «Ojo por ojo,» etc., como si dijera: Si alguno le sacare a otro un ojo, que a él también se le prive de un ojo; quien sacare un diente, que pierda un diente; quien una mano, etc. La cual ley, dice San Agustín, libro XII Contra Fausto, capítulo XXV: «No es incentivo de venganza y furor, sino un justo límite;» pues, como dice Tertuliano, libro II Contra Marción, capítulo XVIII: «La licencia de la retribución era la prohibición de la provocación;» pues rectamente pronuncia Radamantis en Aristóteles, libro V de la Ética: «Si uno obró injustamente, que sufra lo mismo,» siempre que las personas sean de la misma condición y rango igual: pues de otro modo, si un rey golpeare a un campesino, este no puede justamente devolverle el golpe. De ahí que también por esta misma ley, en el versículo 26, se exceptúe el golpear a un siervo. Así, entre las leyes de las doce tablas estaba también esta: «Si rompió un miembro, a menos que haga la paz con él, haya talión.» Véase Gelio, libro XX.
Versículo 26: Y los dejare tuertos
A saber, habiéndoles sacado un ojo, los dejare tuertos o monoculares. De ahí que los Setenta traduzcan ektyflōsē, es decir, los cegare. Lo mismo significan las palabras hebreas. Por tanto, «tuerto» se toma aquí en sentido diferente del que comúnmente se entiende, y del que aparece en este verso popular: «El tuerto mira de soslayo, pero el bizco mira hacia arriba; los orbes carecen de globos oculares, los ciegos están privados de luz.»
Versículo 28: Si un buey acorneare a un hombre o a una mujer
SERÁ APEDREADO, — no por culpa del buey (pues esta no puede existir en un animal bruto), sino para terror y ejemplo de los hombres, para que con ello los hombres sean más disuadidos del homicidio. De ahí que incluso hoy se cuelga o se mata a cerdos y a otros animales si matan a niños o a personas. Dios estableció una ley semejante en Génesis IX, 5. Por la misma razón, Dios prohibió en este versículo comer la carne del buey homicida, para que no se contaminasen con un animal manchado por la muerte de un hombre, o para que no adoptasen su ferocidad comiéndolo. Además, lo que se dice y se establece aquí y en lo que sigue sobre el buey, entiéndase lo mismo del carnero corneador, del caballo que cocea y de toda bestia que hubiere matado a un hombre; pues aquí vale el argumento por paridad y proporción.
Versículo 29: Desde ayer y antes de ayer — el buey corneador
Es decir, desde el tiempo precedente; es una sinécdoque. Así San Agustín, Locuciones 93.
ADVIRTIERON — que el buey era corneador, como si dijera: Declararon que el buey era corneador, y así advirtieron al amo del peligro, para que encerrara a este buey a fin de que no hiriese a alguien. Los romanos, según Plutarco en las Cuestiones Romanas, ataban heno a los cuernos de los bueyes corneadores, con lo cual los transeúntes eran advertidos para que se guardasen de él; y esto porque por la saciedad los bueyes y los caballos se vuelven lascivos y agresivos; de donde el proverbio: «Tiene heno en los cuernos: cornea, ¡cuidado!», que se dice de un hombre dispuesto a vengarse y difícil de combatir, como fue Marco Craso antes de que César se le opusiera.
Y NO LO ENCERRÓ. — En hebreo, y no lo guardó.
Versículo 30: Mas si le fuere impuesto un precio
Por el juez, quien al examinar la causa, debido a su leve negligencia o culpa, le impone no una pena capital sino una multa, especialmente porque los padres y parientes desean tal multa, entonces este amo del buey homicida pagará y saldará esta multa que le fue impuesta por el juez.
Versículo 33: Si alguno abriere una cisterna y cavare una
En hebreo dice o cavare: pues es igualmente culpable quien destapa y abre una fosa cubierta como quien recién la cava, si no la vuelve a cubrir. Estas y otras leyes de este capítulo y del siguiente fueron transcritas al Derecho Canónico, como consta por el libro V de las Decretales, título 36 Sobre las injurias y el daño causado; pues están en consonancia con el derecho natural y la equidad.
Versículo 35: Si el buey de uno hiriere al buey de otro
Nótese: Esta ley habla solamente del caso en que un buey mató a un buey, no del caso en que un buey mató a una oveja o a un ternero; pues entonces no era justo dividir el buey por una oveja o un ternero, que es de menor valor que un buey; de ahí que entonces los jueces decretaban una multa proporcional al daño causado. Lo que aquí se dice del buey, entiéndase lo mismo por paridad del carnero, del caballo y de cualquier animal.
Para la interpretación tropológica véase a Rábano, quien interpreta todas estas cosas acerca de un mal discípulo y su maestro, ya sea negligente o inocente.